El Ministerio Sacerdotal Celestial de Cristo

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PRIMERA CONDICION – LA LEY

Para tener necesidad del Ministerio Sacerdotal Celestial de Cristo, lo primero que el hombre debe aceptar es la vigencia de la Ley de Dios. Para entenderlo mejor, estudiaremos las funciones de esta Ley.

Primera función de la Ley: convencer a los hombres de pecado. “Ya que por las obras de la ley ningún ser humano será justificado delante de él; porque por medio de la ley es el conocimiento del pecado.” (Ro. 3:20; 7:7). Si el hombre no acepta la vigencia de la Ley, no tiene qué le convenza de pecado ni de su necesidad del Sacerdocio de Cristo.

Segunda función de la Ley: es una norma de Juicio (Stg. 2:12). “El fin de todo el discurso oído es este: Teme a Dios, y guarda sus mandamientos; porque esto es el todo del hombre. Porque Dios traerá toda obra a juicio, juntamente con toda cosa encubierta, sea buena o sea mala.” (Ec. 12:13- 14). La Ley de Dios es la regla por la cual los caracteres y las vidas de los hombres serán probados en el juicio.

Tercera función de la Ley: es la norma suprema de conducta y vida (Ec. 12:13-14), tanto en nuestros deberes para con Dios como para con el prójimo: “Jesús le respondió: El primer mandamiento de todos es: Oye, Israel; el Señor nuestro Dios, el Señor uno es. Y amarás al Señor tu Dios con todo tu corazón, y con toda tu alma, y con toda tu mente y con todas tus fuerzas. Este es el principal mandamiento. Y el segundo es semejante Amarás a tu prójimo como a tí mismo” (Mr. 12:29-31). “Porque: No adulterarás, no matarás, no hurtarás, no dirás falso testimonio, no codiciarás, y cualquier otro mandamiento, en esta sentencia se resume: Amarás a tu prójimo como a ti mismo” (Ro. 13:9).

Cuarta función de la Ley: es el ayo que nos conduce a Cristo. “De manera que la ley ha sido nuestro ayo, para llevarnos a Cristo, a fin de que fuésemos justificados por la fe” (Ga. 3:24). Si el hombre no acepta la vigencia de la Ley, no tiene quien le conduzca a Cristo tanto para ser aceptado, como para ser perdonado, y salir aprobado en el juicio (Ap. 14:7).

La Ley es el fundamento del Gobierno de Dios en los cielos y en la tierra (Sal. 97:2). “Justicia y juicio son el cimiento de tu trono” (Sal. 89:14). Es inmutable, inalterable, infinita y eterna (Sal. 119:142). Y por eso Cristo dijo: “No penséis que he venido para abrogar la Ley” (Mt. 5:17). De manera que el hombre que desea ser súbdito del Reino de Dios debe aceptar la vigencia de la Ley y aprender a obedecerla voluntariamente antes del juicio de Ap. 14:7.

La Ley de Dios no tiene poder para perdonar al transgresor. Su oficio es de condenar al pecador.

La Ley de Dios es: 1. La revelación de la voluntad de Dios, y su voluntad es que obedezcamos (Mt. 7:21). Por lo tanto, para que el hombre sea aceptado, la Ley requiere obediencia perfecta y perpetua (Ro. 2:13).

  1. Una expresión del carácter perfecto de Dios, que es justo y misericordioso al mismo tiempo (Sal. 116:5). Por lo tanto, para que el hombre sea aceptado, la Ley requiere un carácter perfecto. (Mt. 5:48)
  2. Una expresión de la naturaleza santa de Dios (Lv. 11:44;1 1:15-16). Por lo tanto, para que el hombre sea aceptado, la Ley requiere del hombre que sea sin mancha de pecado.

REQUERIMIENTOS DE LA LEY PARA SER ACEPTADO O JUSTIFICADO

  1. Obediencia perfecta perpetua (Ro. 2:13).
  2. Carácter perfecto (Mt. 5:48).
  3. Naturaleza sin mancha de pecado (1 Pe. 1:15-16).
  4. Vida justa (Lv. 18:5).

LA CONDENACION DE LA LEY

  1. La Ley no perdona (Ex. 23:21).
  2. La paga del pecado es la muerte (Ro. 6:23), y muerte segunda (Ap. 21:8; Ez. 18:4).

 

SEGUNDA CONDICION – LA NATURALEZA DEL HOMBRE

Para tener necesidad del Ministerio Sacerdotal Celestial de Cristo, el hombre debe tener un conocimiento real de sí mismo a la luz de los requerimientos de la Ley de Dios para ser aceptado, de lo contrario no sentirá genuina necesidad de la ayuda de Cristo.

  1. Obediencia perfecta y perpetua (Ro. 2:13).- El hombre pecador no puede obedecer perfectamente la Ley, porque el corazón natural no tiene capacidad para amar a Dios ni a su prójimo (Juan 5:42; 6:10), y aborrece la Ley (Jer. 6:19). De acuerdo a Ro. 13:10 – “El amor no hace mal al prójimo; así que el cumplimiento de la ley es el amor”- el amor, que es un principio de origen celestial y es un don sobrenatural (Ga. 5:22), obedece la Ley de Dios. Pero como el hombre no tiene naturalmente capacidad para amar, no puede ser hacedor o cumplidor de la Ley. Si el hombre no acepta su total incapacidad para amar, no tendrá necesidad de una obediencia ajena: la de Cristo como Hombre ni del trabajo de Cristo que es su sacerdocio.
  1. Carácter perfecto (Mt. 5:48).- El hombre naturalmente está atestado de toda injusticia (Ro. 1:29) y no tiene misericordia (Ro. 1:31), por lo tanto no posee el carácter que la Ley demanda para ser aceptado. Si el hombre no acepta que su carácter es imperfecto, no tendrá necesidad del carácter de Cristo como Hombre.
  2. Naturaleza sin mancha de pecado (1 1:15-16).- Desde el momento que el hombre es engendrado está manchado y contaminado por el pecado (Sal. 51:5; 58:3), por lo tanto desde el vientre está rechazado, y no puede satisfacer la demanda de ser sin mancha de pecado. Si el hombre no acepta que está manchado por el pecado y rechazado desde el vientre, no tendrá necesidad de una naturaleza sin mancha de pecado ajena: la de Cristo como Hombre.
  3. Vida justa (Lv. 18:4).- Escrito está que: “No hay justo ni aun uno” (Ro. 3:10), por lo tanto el hombre en sí mismo es injusto y su vida es injusta. Si el hombre no acepta que su vida es injusta e inaceptable, no tendrá necesidad de una vida justa ajena: la de Cristo como Hombre.

Como el hombre no tiene capacidad para amar, su carácter es imperfecto, su naturaleza es pecaminosa y su vida es injusta, su primera posición legal ante Dios y la Ley es la de RECHAZADO.

Condenación de la Ley.- Debido a que el hombre no satisface los requerimientos de la Ley de Dios para ser aceptado, el hombre está bajo condenación de la Ley 1) por los actos que comete (Mt. 5:21,27); 2) por las miradas sensuales (Mt. 5:28), porque odia (1 Jn. 3:15), por sus pensamientos e intenciones (Gn. 6:5); y 3) el hombre está bajo condenación desde el mismo momento en que ha sido engendrado, pues la Ley condena su naturaleza pecaminosa (Sal. 51:5; 58:3; Is. 48:8). Por estos tres aspectos, el hombre está sujeto a la muerte y a la muerte segunda (Ro. 6:23; Ap. 21:8). El hombre por ser infractor de la Ley, tanto por sus actos, miradas, intenciones y estado de ser, tiene una deuda impagable ante Dios y la Ley (Mt. 18:24). Por lo tanto, la segunda posición legal del hombre ante Dios y la Ley es que está BAJO CONDENACION, es DEUDOR y está expuesto a la ira de Dios (Sal. 34:16).

Además, por causa del pecado, la tercera posición legal del hombre es que está SEPARADO de Dios: “pero vuestras iniquidades han hecho división entre vosotros y vuestro Dios, y vuestros pecados han hecho ocultar de vosotros su rostro para no oír” (Is. 59:2), no tiene acceso directo a Dios y por el mismo pecado Dios no le escucha al hombre.

Si el hombre no acepta su posicíon legal de rechazado, no tendrá necesidad de un SUSTITUTO en la vida. Si el hombre no acepta su posición legal de bajo condenación y deudor, no tendrá necesidad de un GARANTE y SUSTITUTO en la muerte. Y si no acepta su posición de separado de Dios, no tendrá necesidad de un MEDIADOR entre Dios Padre y la Ley ni del sacerdocio de Cristo.

 

TERCERA CONDICION – LA NECESIDAD DE UN SUSTITUTO Y GARANTE: El EVANGELIO

Tanto para ser aceptado, como para salir de la condenación de la Ley y poder tener acceso a Dios el hombre pecador necesita del Evangelio que trata acerca del engendramiento, nacimiento, vida, muerte y resurrección de Cristo como Hombre a la luz de los requermientos de la ley de Dios  (1 Co. 15:1-5; Hch. 2:22-24), porque sin el Evangelio, el hombre no  podrá beneficiarse del Ministerio Sacerdotal Celestial de Cristo. Debido a que la primera posición legal del hombre es la de RECHAZADO, para poder salir de esta condición, necesita de un SUSTITUTO en la vida, que es Cristo como Hombre: su engendramiento, nacimiento y vida. Este Sustituto tiene:

  1. Obediencia perfecta y perpetua (Ro. 2:13).- Para poder cumplir con esta condición, Cristo como Hombre tenía: 1) capacidad para amar: “como había amado a los suyos que estaban en el mundo, los amó hasta el fin” (Jn. 13:1,34); y 2) la Ley de Dios escrita en su mente y su corazón (Sal. 40:8; Heb. 10:5,7). Por eso, él dijo: “No penséis que he venido   para abrogar la ley o los profetas; no he venido para abrogar, sino para cumplir” (Mt. 5:17), y asímismo: “yo he guardado los mandamientos de mi Padre, y permanezco en su amor” (Jn. 15:10). Por lo tanto, él vivió una vida de obediencia perfecta y perpetua a la Ley de Dios (Flp. 2:8). Y así Cristo como Hombre dio cumplimiento al primer requerimiento para que: 1) él permanezca aceptado, y 2) también a favor del hombre pecador que acepta que Cristo como Hombre obedeció la Ley perfectamente para que el impío pueda salir de su condición de rechazado.
  2. Carácter perfecto (Mt. 5:48).- Ya hemos visto que el carácter perfecto consiste en ser justo y misericordioso al mismo tiempo, y Cristo en Jn. 8:3- 11 demostró que él era justo y misericordioso al mismo tiempo: Fue justo cuando no pasó por alto la Ley (Dt. 22:22) y pidió que se ejecute sobre la mujer lo que la Ley dice (Jn. 8:7) –esto es ser justo. Fue misericordioso cuando al irse los acusadores, le preguntó a la mujer “¿dónde están los que te acusaban?” y a su respuesta “ninguno, Señor”, Cristo le dijo “ni yo te condeno” –esto es misericordia. Cristo luego le instó a vivir una vida de obediencia cuando le dijo “vete, y no peques más” (Jn. 8:10-11) –esto es justicia. Cristo desarrolló un carácter perfecto y dio cumplimiento al requerimiento de carácter perfecto, no para sí mismo, sino para que el hombre pecador pueda salir de su condición de rechazado.
  3. Ser sin mancha de pecado (1 Pe. 1:15-16) Cristo, desde el momento en que fue engendrado, cumplió con este requerimiento de ser sin mancha, como leemos en Lc. 1:35 “por lo cual también el Santo Ser que nacerá”, y se mantuvo sin mancha de pecado (1 Pe. 1:18-19; Heb. 7:26) como leemos en 1 Pe. 2:22 “el cual no hizo pecado.”
  4. Una vida justa (Lv. 18:5).- Para que Cristo como Hombre pudiera cumplir con este requerimiento, Dios escribió la ley en su mente y su corazón (Salmos 40:8; Hebreos 10:5,7); nuestro Redentor fue dotado del don celestial del amor y de la fe (Juan 13:1.34); y, asimismo, su naturaleza estaba libre de mancha de pecado (Lucas 1:35; 1 Pedro 1:18-19). Por todas estas razones, Cristo vivió una vida justa, no para sí mismo (Jn. 17:19), pues él no lo necesitaba, sino para nosotros. Y Pilato testificó acerca de esta vida justa cuando dijo: “inocente soy de la sangre de este justo” (Mt. 27:24).

Cristo, al haber vivido como Hombre una vida de obediencia perfecta y perpetua, al haber desarrollado un carácter perfecto, al mantener su naturaleza humana libre de la mancha del pecado, y al haber vivido una vida justa, su posición legal como Hombre ante la Ley y Dios Padre es: 1) la de aceptado en sí mismo; 2) no está bajo condenación de la Ley, porque la Ley no encuentra nada que condenar en Cristo; 3) Cristo como Hombre tiene libre acceso a Dios, no necesita mediador (Jn. 17:1).

Cristo como Hombre, desde su engendramiento hasta cuando dijo “he acabado la obra que me diste que hiciese” (Jn. 17:4), cumplió con todas las demandas que la Ley de Dios requiere para ser aceptados, y así terminó de preparar el primer medio que es la ofrenda, y así se convirtió en nuestro Sustituto en la vida. Cuando Cristo dijo “he acabado la obra  que me diste que hiciese” (Jn. 17:4), él no presentó a favor de ningún   ser humano ante Dios Padre y la Ley su vida de obediencia perfecta y perpetua – la OFRENDA – para que el hombre sea justificado. Por lo tanto, ningún ser humano fue justificado mientras Cristo estuvo en la tierra.

Debido a que la segunda posición legal del hombre es BAJO CONDENACION de la Ley -que es “la paga del pecado es muerte” (Ro. 6:23) y muerte segunda (Ap. 21:8)- y tiene una deuda impagable (Mt. 18:24), necesita de un GARANTE y SUSTITUTO en la muerte.

Después de que Cristo terminó de preparar el primer medio que es la OFRENDA se dirigió al Getsemaní (Mt. 26:36). Porque ése fue el lugar donde él tomó la decisión de llevar a efecto el ser el Garante y Sustituto en la muerte del hombre culpable pecador, y de experimentar como Hombre la ira de Dios contra el pecado- la muerte segunda. Cristo tomó esa decisión cuando él aceptó beber la copa (Lc. 22:39-46). Esta decisión fue aceptada por Dios Padre, quien le imputó a Cristo todos los pecados de los hombres: “Jehová cargó en él el pecado de todos nosotros” (Is. 53:6). Luego Cristo fue tomado preso, juzgado y llevado al Calvario (Lc. 23:33), que es el lugar donde Dios Padre ejecutó sobre su Hijo la sentencia de la muerte segunda (Is. 53:5) y el justo fue tratado como injusto (1 Pe. 3:18; 2 Co. 5:21). Al morir Cristo como Hombre derramó su sangre (Jn. 19:34), que es el SACRIFICIO o segundo medio.

Cristo se presentó en sacrificio una sola vez y para siempre por todos sin acepción de personas (Heb. 9:26). Cuando Cristo dijo “consumado es” (Jn. 19:30), él no presentó su sangre ante Dios Padre y la Ley a favor de ningún ser humano, por lo tanto nadie fue perdonado cuando él se presentó en sacrificio. Cuando Cristo dijo “consumado es” (Jn. 19:30), simplemente terminó de preparar el segundo medio, que es la sangre (Heb. 5:1). Por lo tanto, mientras Cristo estuvo en la tierra ningún ser humano fue aceptado ni perdonado, pues el ritual simbólico nos enseña que sin santuario, sin sacerdocio y sin medios no puede haber ni justificación (Ex. 30:7-8), ni perdón de pecados (Lv. 4:20,26), ni bautismo diario del Espíritu Santo (Ex. 30:7-8; Lv. 24:1-4); y el Santuario en el que Cristo debía ejercer su Sacerdocio no se encontraba ni se encuentra en este planeta tierra, sino en el tercer cielo (Ap. 11:19; 2 Co. 12:2; Sal. 11:4).

Debido a que la tercera posición legal del hombre es la de SEPARADO de Dios (Is. 59:2) y no tiene acceso directo a Dios, necesita un MEDIADORSACERDOTE. Y para que podamos tener un mediador era necesario que Cristo resucite como Hombre, porque la Ley demanda que el que va a ser sacerdote debe ser Hombre (Heb. 5:1). Y Cristo resucitó como Hombre (Lc. 24:1-6,36-43). Por eso él dijo a sus discípulos, después de que resucitó de entre los muertos: “Mirad mis manos y mis pies, que yo mismo soy; palpad, y ved; porque un espíritu no tiene carne ni huesos, como veis que yo tengo.” Como ellos dudaban, Cristo les pidió algo de comer: “Entonces le dieron parte de un pez asado, y un panal de miel. Y él lo tomó, y comió delante de ellos” (Lc. 24:42-43). Y Pedro dijo: “a nosotros que comimos y bebimos con él después que resucitó de los muertos” (Hch. 10:41). Al resucitar Cristo como Hombre dio satisfacción a la Ley de Heb. 5:1 y ahora podemos tener acceso a Dios en la persona de Cristo, porque Cristo es el único que merece ser escuchado, ya que él cumple con todos los requerimientos que Dios demanda para tener libre y directo acceso a Dios.

Cristo como Hombre: 1) con su engendramiento, nacimiento y vida preparó: la OFRENDA. 2) Con su muerte preparó: el SACRIFICIO. Y 3) con su resurrección preparó: al Hombre para que podamos tener un tal SUMO SACERDOTE. Y todo esto constituye el EVANGELIO: la obra acabada de Cristo como Hombre en la tierra. Y la primera parte del plan de la redención.

 

CUARTA CONDICION – EL MEDIADOR

Para tener necesidad del Ministerio Sacerdotal Celestial de Cristo, el hombre pecador debe aceptar que debido a su tercera posición legal que es la de SEPARADO de Dios y que no tiene acceso directo a Dios, necesita de un MEDIADOR. Nuestro pecado ha hecho una separación entre nosotros y Dios, necesitamos de un sacerdote que interceda a nuestro favor.

“Pero vuestras iniquidades han hecho división entre vosotros y vuestro Dios, y vuestros pecados han hecho ocultar de vosotros su rostro para no oír” (Is. 59:2); “por cuanto todos pecaron, y están destituidos de la gloria de Dios” (Ro. 3:23).

Por estas razones:

  1. Por causa del pecado el hombre quedó separado de Dios.
  2. Por el pecado no podemos mirar el rostro de Dios y Dios no nos escucha.
  3. Debido a nuestra naturaleza pecaminosa, personalmente no podemos acercarnos a su presencia y no tenemos acceso directo a Dios.

Por lo tanto, en cuarto lugar necesitamos un MEDIADOR para:

  1. Para poder tener acceso a Dios necesitamos un MEDIADOR entre nosotros pecadores y Dios Padre y la Ley. De la única manera que podemos acercarnos a Dios es por medio de un MEDIADOR, así como está escrito en: 1 Timoteo 2:5 “Porque hay un Dios, asimismo un Mediador entre Dios y los hombres Jesucristo Hombre”; y en Hebreos 12:24 “A Jesús el Mediador del nuevo pacto.” De la única manera que podemos acercarnos a Dios es en Cristo, como está escrito en Hebreos 7:25 “por lo cual puede también salvar perpetuamente a los que por él se acercan a Dios, viviendo siempre para interceder por ellos” .
  2. Para que Dios Padre escuche nuestras peticiones necesitamos de Uno que ruegue por nosotros: “En aquel día pediréis en mi nombre; y no os digo que yo rogaré al Padre por vosotros” (Jn. 16:26).
  3. Debido a que no podemos entrar personalmente al Santuario Celestial que se encuentra fuera de este planeta tierra (Ap. 11:19; 11:4), este es otro motivo por el cual necesitamos de un MEDIADOR, un SUMO SACERDOTE: “La cual tenemos como segura y firme ancla del alma, y que penetra hasta dentro del velo, donde Jesús entró por nosotros como precursor, hecho sumo sacerdote para siempre según el orden de Melquisedec” (Heb. 6:19-20). Cristo como MEDIADOR:
  1. Se presenta por nosotros ante Dios Padre y la Ley (Heb. 9:24).
  2. Ruega por nosotros ante Dios Padre y la Ley (Jn. 16:26), porque nosotros no merecemos ser escuchados. El único que merece ser escuchado es Cristo como Hombre, porque él tiene en sí mismo todos los requerimientos que Dios demanda del hombre para ser escuchado.
  3. Presenta por nosotros OFRENDA y SACRIFICIO (Heb. 8:3).Cristo desempeña su rol de MEDIADOR no aquí en la tierra, sino en el Santuario Celestial.

 

QUINTA CONDICION – EL LUGAR DE TRABAJO: SANTUARIO O TEMPLO CELESTIAL

  1. En el Pacto Antiguo, sólo existía un lugar donde 1) el israelita era aceptado diariamente en promesa: Ex. 30:7-8; Ez. 20:41; 2) perdonado diariamente en promesa: 4:20,26,31; y 3) recibía el bautismo diario del Espíritu Santo como una realidad: Ex. 30:7-8; Lv. 24:1-4. Asimismo, 4) ese era el único lugar donde su pecado perdonado era borrado como una promesa: Lv. 16:16. Ese lugar era el santuario terrenal: Ex. 25:8-9,40. Si el israelita no congregaba al santuario era cortado del pueblo: Lv. 23:27-30; Lv. 17:3-4.
  2. Asimismo, el santuario terrenal era el único lugar autorizado por Dios para que trabaje tanto el sacerdote como el sumo sacerdote a favor del israelita: Nm. 3:6-7,10.
  3. El santuario terrenal sólo era una representación en miniatura del Templo Celestial: Ex. 25:40; Heb. 8:5; Ap. 11:19.

En el Nuevo Pacto, cuando el hombre pecador reconoce la necesidad   de tener un MEDIADOR, debe también aceptar la verdad de que 1) el MEDIADOR tiene un lugar específico de trabajo, que es el TEMPLO CELESTIAL (Ap. 11:19); 2) que este TEMPLO o SANTUARIO fue construido por Dios mismo: “ministro del santuario, y de aquel verdadero tabernáculo que levantó el Señor, y no el hombre” (Heb. 8:2); y 3) que es un edificio real, con sus paredes, su techo y sus puertas: Ap. 4:1; Ap. 11:19; y 4) este SANTUARIO es el gran ORIGINAL, el MODELO: Heb. 8:5; y 5) el santuario terrenal sólo era una COPIA del ORIGINAL.

El Santuario Celestial es el único lugar de trabajo de Cristo  como  nuestro Sumo Sacerdote: “ministro del santuario, y de aquel verdadero tabernáculo que levantó el Señor, y no el hombre” (Heb. 8:2). Este Templo no está aquí en la tierra, sino que se encuentra en el tercer cielo: Sal. 11:4; 2 Co. 12:2. Es a este Templo donde Cristo, después de haber terminado la primera parte del plan de la redención en este planeta tierra que es el EVANGELIO–cuando ascendió al cielo (Hch. 1:9-11), ha entrado (Heb. 9:24) para empezar la segunda parte del plan de redención- a saber, el Ministerio Sacerdotal Celestial o Sacerdocio (Heb. 7:24).

Este Santuario entró en vigencia el 5 del mes tercero del año 31 del primer siglo de la era cristiana, que es la fecha, mes y año cuando Cristo empezó su Sacerdocio. Y la comunicación del cielo de que el Santuario Celestial y de que el Sacerdocio de Cristo había iniciado en el cielo, fue el derramamiento del Espíritu Santo en el día de Pentecostés: Hch. 2:1-4; Heb. 9:12.

Si el hombre pecador quiere verdaderamente ser aceptado o justificado  y perdonado como una realidad, y quiere recibir el bautismo diario del Espíritu Santo, debe aceptar la verdad que la Biblia presenta:

  1. Que el Santuario Celestial es el único lugar donde realmente el hombre es justificado, perdonado y recibe el bautismo del Espíritu Santo diariamente;
  2. Que fuera de este Templo Celestial no existe otro lugar donde reciba la aceptación, el perdón y el bautismo del Espíritu Santo;
  3. Asimismo, debe aceptar que es en el Santuario Celestial donde sus pecados perdonados serán borrados (Hch. 3:19), para no ser traidos más a la memoria (Ez. 18:22).
  4. Es al Santuario Celestial donde el hombre debe aprender a CONGREGAR como está escrito: “Así que, hermanos, teniendo libertad para entrar en el Lugar Santísimo por la sangre de Jesucristo” (Heb. 10:19).

Si el hombre pecador no acepta esta verdad, su caso está decidido para muerte segunda, porque no existe ningún otro lugar donde el hombre reciba la justificación, el perdón, bautismo del Espíritu Santo, ni el borrar de pecados perdonados, porque es en el Santuario Celestial donde también está Dios Padre: Sal. 11:4; Dn. 7:9-10; Ap. 4:2; 5:1. Y es ante Dios Padre que Cristo trabaja como nuestro Sumo Sacerdote: Heb. 9:24; Dn. 7:13; Ap. 5:6-7. Es Dios Padre quien diariamente, por su misericordia (Ro. 3:24), nos acepta, nos perdona y nos concede al Espíritu Santo como Agente Regenerador bajo la forma de lluvia temprana (Jl. 2:23). Y es en este lugar donde cuando llegue la hora del Juicio nuestros pecados perdonados serán borrados (Hch. 3:19). Asimismo, en este lugar se encuentra la Ley de Dios que es nuestra norma de juicio: Ec. 12:13-14; Stg. 2:10-12. Y allí Cristo también presenta la OFRENDA y el SACRIFICIO para satisfacer todos los requerimientos de la Ley tanto para justificación, como para que podamos salir de la condenación de la Ley. Por lo tanto, fuera del Santuario Celestial no hay aceptación, ni perdón, ni Espíritu Santo, ni borrar de pecados.

SEXTA CONDICION – EL MINISTERIO SACERDOTAL CELESTIAL DE CRISTO O SACERDOCIO DE HEBREOS 7:24

Si el hombre pecador ha reconocido que por su tercera posición legal -de separado de Dios- tiene la necesidad de un MEDIADOR, y asimismo ha aceptado el lugar de trabajo del MEDIADOR que es el Santuario Celestial también debe reconocer la necesidad del TRABAJO del MEDIADOR      a su favor, que se llama SACERDOCIO de Heb. 7:24 o MINISTERIO SACERDODOTAL CELESTIAL DE CRISTO que hoy se está llevando a efecto en el Santuario Celestial (Heb. 8:2). También es necesario que  el hombre pecador acepte la verdad de que cuando Cristo dijo en este planeta tierra: “he acabado la obra que me diste que hiciese” (Jn. 17:4), el hombre pecador no fue justificado o aceptado ante Dios Padre, porque Cristo no fue sacerdote en esta tierra (Heb. 8:4), y tampoco se encontraba en esta tierra el Santuario donde él debía ejercer su Sacerdocio.

Asimismo, es necesario que el hombre pecador acepte que cuando Cristo dijo “consumado es” (Jn. 19:30) sus pecados no fueron perdonados. Debe aceptar la verdad de que en este planeta tierra el Señor Jesús como Hombre preparó los MEDIOS: la OFRENDA y el SACRIFICIO (Heb. 8:3; 5:1)- MEDIOS que habilitaron a Cristo para: 1) poder entrar al Santuario Celestial (Heb. 9:12), porque ningún hombre debe presentarse ante Dios con las manos vacías (Dt. 16:16; Ex. 23:15); y 2) empezar la segunda parte del plan de redención: su SACERDOCIO (Heb. 7:24). Si Cristo no presenta estos MEDIOS ante Dios Padre y la Ley, el hombre debe aceptar la verdad de que ni está aceptado, ni está perdonado, ni tiene al Espíritu Santo como Agente Regenerador. Pues tanto la justificación, como el perdón, como el bautismo del Espíritu Santo, son el resultado del trabajo diario de Cristo como Sumo Sacerdote en el Santuario Celestial.

El Ministerio Sacerdotal Celestial de Cristo, que se inició el 5 del mes tercero del año 31 del primer siglo de la era cristiana (Hch. 2:1-4), aún no ha llegado a su fin. No es una obra acabada. Hoy este Sacerdocio sigue llevándose a efecto, y seguirá hasta que en el cronograma de Dios llegue la hora en que este trabajo deba terminar.

evangelio

ServicioDiario-LS

Juicio-LSS

CondicionHombre

El Sacerdocio de Cristo le antecede a la Segunda Venida de Cristo. Este sacerdocio consiste en dos servicios: 1) Servicio Diario Celestial de Ro. 3:24 y 2) Día de Juicio de Ap. 14:7, y borramiento de pecados perdonados de Hch. 3:19. Este Juicio le precede a la Segunda Venida de Cristo en las nubes de los cielos de Mt. 24:30-31.

1.- ¿Qué personas de la Divinidad intervienen mientras se está realizando el Servicio Diario Celestial? Las personas son: 1) Dios Padre (1 Jn. 2:1; Dn. 7:9-10); 2) Cristo como Dios y Hombre (Ro. 9:5; Flp. 2:5-8; Dn. 7:13); y 3) el Espíritu Santo o Consolador (Jn. 14:26; 16:8).

  1. Dios Padre.- La primera persona que interviene, mientras se está llevando a efecto el Sacerdocio de Cristo para que el pecador creyente y arrepentido sea justificado y perdonado, es Dios Padre que en su carácter es justo y misericordioso al mismo tiempo (Sal. 116:5; 145:17).

En el Santuario Celestial, que es la Corte Suprema de Justicia Celestial, también se encuentra la Ley de Dios (Ap. 11:19) que es la norma de Juicio (Ec. 12:13-14). Dios Padre, porque es justo, y la Ley requieren para que el hombre sea aceptado: 1) Ro. 2:13; 2) Mt. 5:48); 3) 1 Pe. 1:15-16; 4) Lv. 18:5. Por otro lado tenemos la condenación de la Ley que es: “la paga del pecado es muerte” (Ro. 6:23) y “muerte segunda” (Ap. 21:8). Dios Padre, para que el hombre pecador creyente y arrepentido sea justificado, en primer lugar por su misericordia, acepta: la obediencia perfecta de Cristo como si fuera la obediencia perfecta del pecador (Ro. 3:24; Jer. 23:6); el carácter perfecto de Cristo, como si fuera el carácter perfecto del pecador (Col. 1:28); la naturaleza sin mancha de Cristo (Lc. 1:23), como si fuera  la naturaleza sin mancha del pecador (Col. 2:10; Ef. 1:1); la vida justa de Cristo, como si fuera la vida justa del pecador (Ro. 5:19).

En segundo lugar, Dios Padre por su misericordia al hombre pecador que es totalmente incapaz de satisfacer sus requerimientos para ser aceptado, que en sí mismo es inaceptable, Dios padre lo acepta y justifica como si fuera totalmente aceptable en base a una obediencia ajena: la obediencia de Cristo (Ef. 1:6). la cual es toda suficiente para satisfacer los requerimientos de la Ley de Dios y de Dios Padre.

¿Qué significa “Justificación”?

Justificación significa DECLARAR JUSTO al pecador que está manchado y contaminado por el pecado.

¿Cuál es el sinónimo de la justificación?

El sinónimo de la justificación es ACEPTACION (Ef. 1:6). En la justificación Dios Padre imputa o coloca la obediencia de su Hijo Cristo como si fuera la obediencia del pecador en el Libro de Memoria de Malas Obras (Is. 65:6-7), que el pecador tiene en el Santuario Celestial. Cuando Dios Padre justifica al hombre no está diciendo que ese hombre en sí mismo se conforma a una parte de la voluntad de Dios Padre, ¡NO! La declaración de Dios Padre en la justificación es que ese hombre está 100% en conformidad con la voluntad de Dios Padre EN CRISTO.

Dios Padre en la justificación no crea la justicia en el hombre como una sustancia: mas bien, Dios Padre atribuye justicia sin obras,  como dice Pablo en Ro. 4:6 – “la bienaventuranza del hombre a quien Dios Padre atribuye justicia sin obras.” Una declaración de Dios Padre es un PRONUNCIAMIENTO y no es un proceso que ocurre dentro del hombre.

Cuando Dios Padre declara justo al injusto, en la persona de Cristo, esa declaración NO incluye el nuevo nacimiento mencionado en Jn. 3:3,6. NO incluye la regeneración. Nuestra aceptación o justificación ante Dios Padre no ocurre porque hacemos cualquier buena obra movidos por el Espíritu Santo. La palabra justificar o aceptar significa CONTAR como justo, NO “HACER JUSTO.” Dios Padre en la justificación nos DECLARA JUSTOS en Cristo: NO NOS HACE JUSTOS.

El pronunciamiento de Dios Padre en la justificación de declarar 100% justo al que es totalmente injusto, es una declaración legal que Dios Padre realiza HOY en la Corte Suprema de Justicia Celestial. Y esta declaración NO ES una vez y para siempre, sino que debe realizarse diariamente. Dios Padre no justifica a todos, sino al que cree (Ro. 4:5). La justificación sólo es para el que cree que Dios Padre tiene que aceptarle hoy en la persona de Cristo.

¿Cuáles son los sinónimos de “declarar justo”?

Atribuir justicia (Ro. 4:3 VA); Contar (Ro. 4:5); Imputar (Ro. 4:22-23); Llama las cosas que no son como si fuesen (Ro. 4:17).

¿Qué otra cosa hace Dios Padre porque es misericordioso para que el pecador sea perdonado en el Servicio Diario?

Dios Padre, por su misericordia, para que el hombre pecador pueda obtener el perdón de sus pecados, en primer lugar acepta la sangre que Cristo le presenta- que es la evidencia de que Cristo, como Garante y Sustituto del hombre, murió la muerte segunda que le correspondía al infractor de la Ley de Dios.

En segundo lugar Dios Padre, por su gracia, al hombre infractor de su Ley que sólo merece la muerte segunda y no otra cosa, le otorga el perdón de su pecado por causa de la sangre de Cristo, como está escrito en Ef. 1:7, Jl. 2:18 y Nm. 14:20: “en quien tenemos la redención por su sangre, el perdón de pecados, según la riqueza de su gracia.” Este perdón que el Padre otorga debe realizarse diariamente, y NO ES una sóla vez y para siempre. Dios Padre perdona únicamente al creyente arrepentido que confiesa su pecado al punto (1 Jn. 1:9) pidiendo perdón (Dn. 9:9; Jl. 2:17; Nm. 14:19).

  1. Cristo Dios y Hombre.- Nuestro Señor Jesucristo, después de haber terminado en este planeta tierra la primera parte del plan de redención-que es el Evangelio- ascendió al tercer cielo como Hombre (Hch. 1:9-11), como el segundo Padre y Representante de la raza humana (Is. 9:6; Ro. 5:17-19), como el Segundo o Postrer Adán (1 Co. 15:45), con el propósito de empezar la segunda parte del plan de la redención: que es el Ministerio Sacerdotal Celestial o Sacerdocio de Heb. 7:24 y comenzar la primera parte del Sacerdocio que es el Servicio Diario Celestial (Ro. 3:24).

¿Qué hace Cristo como Sumo Sacerdote en el Santuario Celestial para que el hombre sea justificado ante Dios Padre en el Servicio Diario Celestial?

  1. Se presenta.- Como el pecado ha hecho una separación entre Dios y el hombre (Is. 59:2), por esta causa el hombre no tiene acceso directo  a Dios, no puede presentarse directamente ante Dios Padre y su Ley. Cristo, como el Representante, Mediador (1 Ti. 2:5) y Sumo Sacerdote (Heb. 4:14), ha entrado al Santuario Celestial, como está escrito: “Porque no entró Cristo en el santuario hecho de mano, figura del verdadero, sino en el cielo mismo para presentarse ahora por nosotros ante Dios” (Heb. 9:24). Cristo está ahora presentándose ante Dios Padre por el hombre pecador que cree y acepta que la única manera de acercarse a Dios Padre es: “POR EL”, que vive para interceder por el pecador (Heb. 7:25).
  2. Ruega.- Por causa de nuestros pecados, Dios no nos escucha (Is. 59:2: 1:15). Por este motivo el pecador necesita que Cristo cumpla la promesa “Yo rogaré al Padre” y “en aquel día pediréis en mi nombre; y no os digo que yo rogaré al Padre por vosotros” (Jn. 14:16; 16:26). Cristo en este momento está rogando por nosotros ante Dios Padre y la Ley, porque Cristo es el único que merece ser escuchado, ya que él tiene en él mismo todos los requerimientos que Dios Padre y la Ley demandan para ser aceptados. Por esto él dijo: “Si algo pidiereis en mi nombre, yo lo haré” (Jn. 14:14). Si el hombre pecador cree y tiene la necesidad de esta promesa de que Cristo ruegue por él, Cristo rogará ante el Padre a favor del pecador, y Dios Padre escuchará la petición como si fuese un pedido de Cristo mismo: “todo lo que pidiereis al Padre en mi nombre, él os lo dé” (Jn. 15:16).
  3. Presenta.- “Porque todo sumo sacerdote está constituido para presentar ofrendas y sacrificios; por lo cual es necesario que también éste tenga algo que ofrecer” (Heb. 8:3). Cristo como Sumo Sacerdote del Nuevo Pacto según el orden de Melquisedec está en el Santuario Celestial para presentar diariamente la verdadera ofrenda, que es su vida de obediencia perfecta y perpetua a la Ley de Dios a favor de los hombres que están aquí en la tierra y que han aceptado su total incapacidad de satisfacer las demandas de la Ley de Dios para ser justificados, porque  la justicia de Cristo es toda suficiente para satisfacer los requerimientos que Dios Padre y la Ley demandan para que el hombre sea aceptado. Y Dios Padre acepta la ofrenda que su Hijo le presenta como si fuera la obediencia del pecador y lo declara 100% obediente, justo, perfecto y sin mancha de pecado EN CRISTO. La aceptación no es una vez y para siempre sino diario.

Cristo también presenta diariamente el verdadero sacrificio, que es su sangre -que es la evidencia de que Cristo dio satisfacción a la paga del pecado es muerte y muerte segunda (Ro. 6:23; Ap. 21:8). Y Cristo presenta su sangre a favor del pecador creyente y arrepentido que confiesa su pecado (1 Jn. 1:9) y pide perdón de su pecado (Jl. 2:17; Dn. 9:9), y Dios Padre acepta la sangre de Cristo y en virtud de su sangre otorga el perdón diario (Ef. 1:7; Col. 1:14). El perdón no es una vez y para siempre sino diario.

Este Servicio Diario Celestial es un servicio de preparación que nos sirve para enfrentar el Juicio de Ap. 14:7 y Dn. 7:9-10,13 que  le antecede a  la Segunda Venida de Cristo. Esta preparación consiste en: 1) Obtener  la justificación o aceptación diaria (Ro. 3:24) y retener la misma; 2) Asegurarse el perdón de pecados diario (Ef. 1:6) y retener el perdón; y 3) Recibir el bautismo diario del Espíritu Santo y retenerlo (Ef. 1:13-14). De manera que el hombre debe prepararse para enfrentar el Juicio de Ap. 14:7 y si está preparado por añadidura también está preparado para la Segunda Venida de Cristo (Mt. 24:30-31), ya que este Juicio le antecede a la Segunda Venida de Cristo.

  1. Espíritu Santo.- El Espíritu Santo es Dios omnipotente y es la tercera persona de la Divinidad que interviene mientras se está llevando a efecto el Servicio Diario Celestial.

¿Qué hace Dios Espíritu Santo para que el hombre pecador sea justificado en el Servicio Diario Celestial?

El Espíritu Santo crea, genera en el hombre el don sobrenatural de la fe para que éste pueda ser justificado por la fe sola, como está escrito en Ro. 3:28: “Concluimos, pues, que el hombre es justificado por fe sin las obras de la ley.”

¿Por qué es importante que el Espíritu Santo genere fe en el hombre?

1) Porque el hombre naturalmente no tiene fe, como está escrito en Dt. 32:20 VA – “Que son generación de perversidades, Hijos sin fe”; 2) El hombre es incrédulo, así como dijo Cristo: “¡Oh generación incrédula y perversa!” (Mt. 17:17); 3) El hombre naturalmente no cree en la existencia de Dios: “Dice el necio en su corazón: No hay Dios.” “Y a Dios no invocan.” (Sal. 53:1,4); 4) El hombre no tiene capacidada para crear ni generar en él la fe verdadera.

¿Qué es la fe verdadera y qué hace?

Es un medio (Ef. 2:8), un instrumento que: 1. Se apropia de la obediencia de Cristo como si fuera su obediencia y de la muerte de Cristo como su muerte. 2. Asímismo cree en la obra intercesora de Cristo y presenta ante Dios Padre la obediencia de Cristo como si fuera su obediencia para que sea justificado, no una vez y para siempre sino diariamente, porque el hombre no es justificado una sóla vez y para siempre sino diariamente (Ro. 3:24).

La fe verdadera tiene un objeto que es Cristo y sus méritos. Cristo no está aquí en la tierra sino en el tercer cielo, en el Santuario Celestial, ante Dios Padre y la Ley (2 Co. 12:2; Heb. 8:2). La fe verdadera acepta a Cristo como su Señor (Dios) y Salvador (Hombre), como está escrito: “Gracia, misericordia y paz, de Dios Padre y del Señor Jesucristo nuestro Salvador.” (Tito 1:4). La fe que el Espíritu Santo genera en el hombre  NO ES nuestro salvador, pues el Salvador del hombre es nuestro Señor Jesucristo que está en el Santuario Celestial (Hch. 5:31; Heb. 8:2).

La fe verdadera es el oído que escucha una voz de los oráculos de Dios que le dice: “vosotros estáis completos en él” (Col. 2:10; Ro. 10:17). El pecador ya no tiene que luchar para encontrar algún mérito en sí mismo, algún acto meritorio por medio del cual pueda obtener el favor de Dios. Por la fe acepta la Palabra de Dios: “vosotros estáis completos en él.”   La fe verdadera es el ojo que mira a Cristo como su justicia ante Dios Padre y la Ley en el Santuario Celestial: “puestos los ojos en Jesús, el autor y consumador de la fe, el cual por el gozo puesto delante de él sufrió la cruz, menospreciando el oprobio, y se sentó a la diestra del trono de Dios” (Heb. 12:2). Cuando el pecador se mira a sí mismo buscando justicia con qué hallar aceptación ante Dios Padre está mirando en dirección equivocada, porque el pecador no ama la Ley de Dios (Juan 5:42), mas bien aborrece la Ley (Jer. 6:19), por lo tanto es totalmente incapaz de satisfacer la demanda de Dios Padre para que pueda ser justificado. Debe mirar con el ojo de la fe fuera de él a Cristo como su justicia que está por el pecador ante Dios Padre y la Ley en el Santuario Celestial.

Dios Espíritu Santo, bajo la forma de lluvia temprana (Jl. 2:23), genera en el hombre el don de la fe, no para que éste presente la fe como algo meritorio para ser aceptado ante Dios, pues Dios no demanda fe sino obediencia para que sea justificado. El momento que Dios Padre justifica al pecador mira a Cristo que está por el hombre ante Dios Padre en el Santuario Celestial, y no mira al pecador que está en la tierra. A quien en realidad el Padre acepta es a Cristo, y el pecador que le sigue por la fe a Cristo en el Santuario Celestial está aceptado en Cristo (Ef. 1:6). Cristo es el centro dede la justificación y el lugar donde el hombre es justificado es el Santuario Celestial.

¿Qué hace Dios Espíritu Santo para que el pecador sea perdonado en el Servicio Diario Celestial?

1) Para que el pecado del hombre pueda ser perdonado, primeramente Dios Espíritu Santo le convence de pecado (Jn. 16:8), y le hace ver su necesidad de ser perdonado.

¿Con qué le convence de pecado?

Por medio de la Ley y la Palabra: “Por medio de la ley es el conocimiento del pecado” (Ro. 3:20); “¿Qué diremos, pues? ¿La ley es pecado? En ninguna manera. Pero yo no conocí el pecado sino por la ley; porque tampoco conociera la codicia, si la ley no dijera: No codiciarás” (Ro. 7:7). “Oísteis que fue dicho: No cometerás adulterio. Pero yo os digo que cualquiera que mira a una mujer para codiciarla, ya adulteró con ella en su corazón” (Mt. 5:27-28).

¿Qué es pecado?

“El pecado es infracción de la ley” (1 Jn. 3:4), no sólo en actos (Mt. 5:27) sino también en miradas e intenciones (Mt. 5:28; 1 Jn. 3:15), y finalmente el estado ser (Sal. 51:5).2) En segundo lugar, además de generar fe en el hombre; Dios Espíritu Santo también genera el don sobrenatural del arrepentimiento, porque el hombre natural es incapaz de arrepentirse: “¿Mudará el etíope su piel, y el leopardo sus manchas? Así también ¿podréis vosotros hacer bien, estando habituados a hacer mal?” (Jer.  13:23). Como resultado de la obra intercesora de Cristo en el Santuario Celestial, al pecador le es otorgado el Espíritu Santo como Habitante para que pueda generar el don del arrepentimiento en el hombre: “A éste, Dios ha exaltado con su diestra por Príncipe y Salvador, para dar a Israel arrepentimiento y perdón de pecados” (Hch. 5:31); “¿O menosprecias las riquezas de su benignidad, paciencia y longanimidad, ignorando que su benignidad te guía al arrepentimiento?” (Ro. 2:4).

¿Qué hace el arrepentimiento verdadero?

El arrepentimiento en sí no tiene ningún mérito, sino que es el instrumento que prepara al corazón para la aceptación de Cristo como su único Salvador, la única esperanza del pecador perdido. 1) El arrepentimiento verdadero admite el pecado al punto sin excusas y sin justificaciones, y produce la verdadera tristeza por haber pecado, pues permite al pecador comprender que fue su pecado lo que azotó, crucificó y quitó la vida Cristo. El arrepentimiento verdadero revela la ingratitud del corazón que ha despreciado y agraviado al Salvador, y nos trae contritos al pie de la cruz. Una tristeza tal nos inducirá a renunciar al pecado. El arrepentimiento es descrito por Pablo como un piadoso dolor por el pecado: “Porque la tristeza que es según Dios produce arrepentimiento para salvación, de que no hay que arrepentirse; pero la tristeza del mundo produce muerte” (2 Co. 7:10); 2) El arrepentimiento confiesa el pecado por su nombre (1 Jn. 1:9; Pr. 28:13); 3) El arrepentimiento pide a Dios que le perdone porque fue su pecado el que le quitó la vida a Cristo, y porque ahora Cristo le está presentando al Padre su sangre como la evidencia de que Cristo ha experimentado la muerte segunda que le correspondía morir al pecador (Ef. 1:7); 4) El arrepentimiento verdadero tiene un fruto: consiste en apartarse resueltamente del mal: “El que encubre sus pecados no prosperará; Mas el que los confiesa y se aparta alcanzará misericordia” (Pr. 28:13); “Lavaos y limpiaos; quitad la iniquidad de vuestras obras de delante de mis ojos; dejad de hacer lo malo; aprended a hacer el bien; buscad el juicio, restituid al agraviado, haced justicia al huérfano, amparad a la viuda” (Isaías 1:16-17). El profeta Ezequiel también muestra cuál es el fruto del arrepentimiento: “si el impío restituyere la prenda, devolviere lo que hubiere robado, y caminare en los estatutos de la vida, no haciendo iniquidad, vivirá ciertamente y no morirá en los estatutos de la vida, no haciendo iniquidad, vivirá ciertamente y no morirá” (Ez. 33:15); 5) El arrepentimiento verdadero no confiesa el pecado una vez y para siempre, sino diariamente, y asímismo el pecador recibe el perdón de su pecados diariamente.

2.- Día de Juicio de Apocalipsis 14:7; Daniel 7:9-10,13 y Hch. 3:19

¿Qué personas de la Divinidad intervienen en la hora del Juicio de Ap. 14:7 en la Corte Suprema de Justicia Celestial?

Las personas de la Divinidad que intervienen en la hora del Juicio de Ap. 14:7 son las mismas que intervinieron mientras se llevaba a efecto el Servicio Diario Celestial, es decir: 1) Dios Padre, 2) Cristo que es Dios y Hombre al mismo tiempo, y 3) Dios Espíritu Santo.

El Juicio de Ap. 14:7 es la segunda parte del Sacerdocio de Heb. 7:24.

  1. Dios Padre.- Dios Padre sigue siendo justo y misericordioso al mismo tiempo (Sal. 116:5). No ha dejado de ser justo y misericordioso porque haya llegado la hora del Juicio.

¿Qué cargo desempeña Dios Padre en la hora del Juicio de Ap. 14:7?

En Dn. 7:9-10 describe a un Anciano de Días tomando posición de oficio con las palabras: “El Juez se sentó y los libros fueron abiertos.” Este Anciano de Días es Dios Padre y su cargo es el de Juez, y él es quien preside el Juicio de Ap. 14:7 en la Corte Suprema de Justicia Celestial.

¿Qué hace Dios Padre en la hora del Juicio?

  1. Por su misericordia inherente, Dios Padre seguirá aceptando la justicia de Cristo como toda suficiente. Y en virtud de esa justicia, el hombre pecador que ha llegado hasta la hora del Juicio de Ap. 14:7 reteniendo su justificación diaria, su nombre quedará conservado en el Libro de la Vida (Ap. 3:5).
  2. Por su misma misericordia, Dios Padre seguirá aceptando la sangre plenamente expiatoria de Cristo para que el pecado previamente perdonado sea borrado de su Libro de Memoria de Malas Obras (Hch. 3:19; 1:18). Y en virtud de esa sangre, el hombre pecador que ha llegado hasta la hora del Juicio de Ap. 14:7 habiendo retenido el perdón diario, sus pecados serán borrados y no serán traídos más a la memoria (Ez. 18:22).
  3. Por esa misma misericordia y una vez que el pecado haya sido borrado del Registro de Memoria de Malas Obras, como un resultado Dios Padre le dará al hombre la lluvia tardía (Hch. 3:19; Jl. 2:28-29).

 

  1. Cristo como Dios y Hombre.- Cuando llegue la hora del Juicio, Cristo como nuestro Sumo Sacerdote: 1) Seguirá presentándose por el pecador, que por fe aprendió a congregar al Santuario Celestial y a seguir el trabajo de Cristo presentándose ante Dios Padre (Heb. 9:24); 2) Cristo seguirá cumpliendo su promesa de rogar por el pecador arrepentido ante Dios Padre, y de presentar su petición como si fuera un pedido para él (Jn. 16:26), y de confesar el nombre del pecador arrepentido ante Dios Padre y los santos ángeles (Ap. 3:5);   3) Cristo seguirá  presentando   la OFRENDA -que es su propia obediencia–para que el nombre del pecador sea conservado en el Libro de la Vida (Ap. 3:5); 4) Cristo seguirá presentando el SACRIFICIO -que es su propia sangre- para que los pecados que fueron previamente perdonados durante el Servicio Diario Celestial sean borrados de los Registros de Dios en la hora del Juicio (Hch. 3:19; 2:26-27). Y como resultado de que los pecados del infractor han sido borrados, y en virtud de la justicia de Cristo, le será otorgada la lluvia tardía (Hch. 3:19).

Por esto es importante que el pecador arrepentido aprenda a congregar al Santuario Celestial (Heb. 10:19) 1. con la sangre de Jesucristo (Heb. 10:19); 2. con la ofrenda que es el “camino nuevo y vivo que él nos abrió a través del velo, esto es, de su carne” (Heb. 10:20); 3. “y teniendo un gran sacerdote sobre la casa de Dios” (Heb. 10:21); 4. y “en plena certidumbre de fe” manteniéndonos firmes y sin fluctuar (Heb. 10:22-23).

  1. Dios Espíritu Santo.- Mientras estaba en vigencia el Servicio Diario Celestial, Dios Espíritu Santo como Dios omnipotente creó en el hombre el don de la fe y el arrepentimiento, y el pecador aprendió a hacer ejercicio de esos dones: 1) Para seguir aceptando la vigencia de la Ley de Dios como norma de Juicio, con la cual el pecador es examinado, y continúa aceptando sus requerimientos- tanto para que su nombre sea conservado en el Libro de la Vida, como para que sus pecados perdonados sean borrados; 2) Para seguir aceptando su total incapacidad de satisfacer los requerimientos de la Ley. Y que a pesar de haber recibido al Espíritu Santo bajo la forma de lluvia temprana, no ha alcanzado la perfección en él mismo, y ha llegado hasta la hora del Juicio inmaduro e imperfecto. Pero como en la hora del Juicio Dios requiere perfección, el Espíritu Santo continúa convenciendo al creyente que 3) Cristo y sus méritos: obediencia perfecta y perpetua a la Ley de Dios (la ofrenda), su sangre plenamente expiatoria (el sacrificio), siguen siendo toda suficientes para enfrentar el Juicio de Ap. 14:7. Y 4) que sigue necesitando la obra de intercesión ante Dios Padre, que es el Juez, como nuestro verdadero Sumo Sacerdote en la Corte Suprema de Justicia Celestial.

El trabajo de Dios Espíritu Santo es de hacernos perseverar hasta el fin (Mt. 24:13). en lo que hemos confiado al principio (Heb. 3:14):

1.- En la justicia de Cristo para ser aceptado y nombre conservado en el libro de la vida.

2.- En la sangre de Cristo para ser perdonado y para que el pecado perdonado sea borrado.

3.- En la justicia de Cristo para recibir tanto lluvia temprana como la tardía. 4.- Confiar en el sacerdocio de Cristo

5.- En la misericordia de Dios Padre.

 

SEPTIMA CONDICION – DIOS ESPIRITU SANTO COMO AGENTE REGENERADOR

Si el hombre pecador acepta que por naturaleza odia a Dios (Ro. 1:30), odia la Ley (Jer. 6:19), odia a su prójimo (Jer. 6:19), y odia el Evangelio (Jn. 8:4,59); si acepta que naturalmente no tiene capacidad para amar (Jer. 6:10; Jn. 5:42; Ro. 1:31) y, como no tiene capacidad para amar, acepta su total incapacidad de satisfacer el requerimiento de obediencia perfecta y perpetua a la Ley de Dios para ser aceptado (Ro. 2:13); asimismo acepta que como está manchado y contaminado por el pecado y el egoísmo desde el momento en que ha sido engendrado (Sal. 51:5; 58:3), no puede satisfacer el requerimiento de ser sin mancha de pecado (1 Pe. 1:15-16); también acepta que por causa del pecado no tiene acceso directo a Dios (Is. 59:2); y si el hombre pecador no quiere quedarse en esta condición, entonces necesita: 1) la justicia perfecta de Cristo; 2) la sangre de Cristo; 3) el Sacerdocio de Cristo; 4) la misericordia de Dios Padre; y 5) al Agente Regenerador, que no puede ser otorgado sin el trabajo de Cristo como Sumo Sacerdote ante Dios Padre y la Ley, y sin el lugar de trabajo que es el Santuario

¿Qué demanda Dios Padre para que el Espíritu Santo pase a ser Habitante en el hombre bajo la forma de lluvia temprana?

Dios Padre demanda obediencia perfecta: “Y nosotros somos testigos suyos de estas cosas, y también el Espíritu Santo, el cual ha dado Dios  a los que le obedecen” (Hch. 5:32). Pero como el hombre es incapaz de obedecer, Cristo pide que creamos en él: “El que cree en mí, como dice la Escritura, de su interior correrán ríos de agua viva. Esto dijo del Espíritu que habían de recibir los que creyesen en él” (Jn. 7:38-39).

¿Qué debemos creer? Que la obediencia de Cristo satisface la demanda del Padre para que nos sea dado el Espíritu Santo bajo la forma de lluvia temprana y Agente Regenerador.

¿Qué hace el Espíritu Santo como Agente Regenerador? 1) Crea en el creyente lo que no tiene: Ga. 5:22-23 que son plantas de origen celestial, y entroniza la Ley en la mente y el corazón (Heb. 8:10), para que el hombre aprenda a obedecer voluntariamente la Ley de Dios y empiece a desarrollarse en él la justicia de la ley de Ro. 8:4 como un fruto o resultado (Ro. 6:22); 2) Crea en el hombre un nuevo carácter semejante al de Cristo (Sal. 51:10; Dt. 30:6); 3) Si el hombre coopera con el Espíritu Santo, su naturaleza depravada y egoista será subyugada y sometida (Col. 3:5).

¿Puede el hombre alcanzar la perfección de carácter únicamente con la lluvia temprana? NO. Porque la lluvia temprana no hace que las plantas de origen celestial (Ga. 5:22-23) alcancen su desarrollo completo y perfecto. Y porque mientras se lleve a cabo el Servicio Diario Celestial, sólo se concede la lluvia temprana, por esto los creyentes llegan al Juicio inmaduros e imperfectos en sí mismos. Por esto es necesario que el hombre espere la otra lluvia: que es la lluvia tardía (Jl. 2:23; Zc. 10:1).

¿Quiénes recibirán la lluvia tardía? La Biblia enseña que la lluvia tardía será dada únicamente a aquellos que salgan aprobados en el Juicio de Vivos, porque en virtud de la justicia perfecta de Cristo su nombre fue conservado en el Libro de la Vida; y como un resultado de que sus pecados fueron borrados de su Libro de Malas Obras en virtud de la sangre de Cristo, se les otorga el Espíritu Santo bajo la forma de lluvia tardía (Hch. 3:19; Jl. 2:26-29), con el propósito de que alcancen la madurez en cuanto a obediencia se refiere y a su vez recibirán poder para dar el fuerte pregón de Ap. 18:1-5, y para estar preparados para pasar las plagas de Ap. 16. Estos serán quienes estarán de pie en la Segunda Venida de Cristo. “Y se dirá en aquel día: He aquí este es nuestro Dios, le hemos esperado, y nos salvará, este es Jehová a quien hemos esperado, nos gozaremos y nos alegraremos en su salvación” (Is. 25:9).

¿Cuándo alcanzará el hombre la perfección en sí mismo? Cuando su naturaleza pecaminosa sea erradicada en ocasión de la segunda venida de Cristo y no antes (1 Co. 15:51-56).

Todo ser humano que no haya aceptado el Sacerdocio de Cristo, cuando El aparezca en las nubes de los cielos pedirán que: “… los montes y las peñas caigan sobre ellos, y dirán escondednos del rostro de Aquel que está sentado sobre el trono, y de la ira del Cordero…” (Ap. 6:15-17).

LluviaTemprana

LluviaTardia

 

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Que Dios les bendiga.

Una respuesta para “El Ministerio Sacerdotal Celestial de Cristo”

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